La finalidad de la Capacitacion de PLAFT en Compraventa de vehiculos y embarcaciones es fortalecer el Sistema de Prevención de LA/FT de las empresas dedicadas a estas actividades, en beneficio de sus directores y socios, verificando que se apliquen las políticas y procedimientos con un enfoque basado en riesgos de LA/FT que contribuyan en la implementación de medidas de prevención; optimizando la asignación de recursos, lo que permitirá la mejora de los procesos para identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar los riesgos de LA/FT.
La capacitación anual es una obligación legal regulada por la SBS. Conoce más sobre la normativa vigente en el sitio oficial de la SBS. En Academia de Oficiales de Cumplimiento contamos con capacitaciones especializadas para ayudarte a cumplir con todos los requisitos legales exigidos y obtener el certificado correspondiente válido para presentar a la SBS.
A fin de cumplir adecuadamente con la normativa vigente, es imprescindible implementar una serie de medidas y acciones concretas, debidamente planificadas para el fortalecimiento del Sistema de PLAFT, en función a determinada prioridad, en el presente curso se presentan de forma ordenada, concreta y haciendo uso de ejemplos; todo el contenido obligatorio de la capacitación anual exigida en la normativa vigente.
Temario PLAFT en Compraventa de vehiculos y embarcaciones:
- Definición de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
- Políticas de la empresa sobre el modelo de prevención y gestión de los riesgos de LA/FT.
- Riesgos de LA/FT a los que se encuentra expuesta la empresa.
- Normativa externa vigente.
- Tipologías de LA/FT.
- Normas internas de la empresa.
- Señales de alertas para detectar operaciones inusuales y sospechosas.
- Procedimiento de comunicación de operaciones inusuales.
- Responsabilidad de cada directivo, gerentes y trabajador.
- Información sobre las listas que contribuyen a la prevención del LA/FT.
- Congelamiento de fondos o activos en los casos vinculados a los delitos de LA/FT en materia de terrorismo, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
En estas empresas, el sistema PLAFT no se reduce al “oficial de cumplimiento”:
Es un conjunto integrado de componentes que deben funcionar de manera articulada. Si una pieza falla, el sistema se debilita. Las empresas suponen un riesgo si no hay controles claros, aplicables y verificables. La actividad delictiva se ve favorecida cuando el personal trabaja bajo presión, con filas, urgencias y decisiones aceleradas.
Se entiende el sistema preventivo como un circuito operativo que empieza con identificar correctamente al cliente, registrar la operación con calidad y oportunidad, detectar señales de alerta y patrones, escalar internamente cuando corresponda, analizar y decidir si existe sospecha, reportar por los canales exigidos cuando aplique, conservar evidencia y mantener la reserva de información.
Para el personal de supervisión o jefaturas, la responsabilidad consiste en asegurar el cumplimiento del estándar y evitar que las excepciones se normalicen como práctica habitual.
Para el oficial de cumplimiento, la responsabilidad es garantizar que el sistema de prevención exista, opere de manera efectiva, se documente, se actualice y se someta a pruebas periódicas.
Para los directivos y la asamblea, la responsabilidad es brindar respaldo y recursos suficientes, así como impedir que la presión comercial debilite o neutralice los controles.
Una empresa que prioriza la “velocidad” por encima del “control” incrementa de forma material su exposición al riesgo. Este riesgo no se manifiesta de manera anticipada; se evidencia cuando el daño ya se ha producido.
Las empresas deben implementar un sistema de prevención del LA/FT, con componentes de cumplimiento y de gestión de riesgos de LA/FT a los que se encuentran expuestos.
El componente de cumplimiento se encuentra conformado por las políticas y procedimientos establecidos por las empresas en el marco de la Ley, el Reglamento de la Ley, la Ley General en lo que corresponda, este Reglamento y demás disposiciones sobre la materia, así como las medidas establecidas por la empresas para garantizar el deber de reserva indeterminado de la información relacionada al sistema de prevención del LA/FT.
El componente de gestión de riesgos de LA/FT comprende, entre otros procedimientos y controles detallados en este Reglamento, aquellos vinculados a la detección oportuna y reporte de operaciones sospechosas, con la finalidad de evitar que las empresas sean utilizadas con fines vinculados con el LA/FT.



